Por unanimidad, la Comisión de Acusación propuso elevar el caso al Jurado de Enjuiciamiento y pidió su suspensión inmediata por la gravedad de los hechos.
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El juez federal Martín Luciano Poderti enfrenta un juicio político.
El Consejo de la Magistratura de la Nación dio un paso decisivo en el proceso disciplinario contra el juez federal Martín Luciano Poderti, titular del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata. La Comisión de Acusación del organismo aprobó por unanimidad -con votos de Álvaro González, César Grau, Luis Juez, Alberto Maques y Rodolfo Tailhade- el dictamen que propone elevar el caso al Jurado de Enjuiciamiento y solicitar al Plenario la inmediata suspensión del magistrado.
La investigación del Consejo reveló que entre diciembre de 2019 y febrero de 2023, cuando aún se desempeñaba como secretario federal del Juzgado Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro, Poderti ingresó en 19 oportunidades a una caja de seguridad del Banco Nación en San Isidro, desde donde sustrajo 144 monedas de oro que estaban bajo custodia judicial.
Los accesos a la caja no estaban justificados en el expediente judicial que originó el secuestro de las monedas, y en al menos una de esas visitas, el entonces funcionario judicial se encontraba de licencia. A raíz de estos hechos, Poderti fue procesado por el Juzgado Federal N° 1 de San Martín como presunto autor del delito de malversación de caudales públicos, con el procesamiento ya confirmado por la Cámara Federal. Actualmente, la causa se encuentra en etapa de juicio oral ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín. La justicia también dictó un embargo por $190 millones sobre sus bienes.
La Comisión rechazó las explicaciones presentadas por el juez, quien alegó que los hechos ocurrieron cuando aún no había sido nombrado magistrado y que, en consecuencia, no correspondía su juzgamiento como tal. No obstante, el dictamen recordó la doctrina ya establecida por el Consejo y el Jurado de Enjuiciamiento, que sostiene que si las conductas cuestionadas no fueron conocidas por el Senado al momento de otorgar el acuerdo para la designación judicial, pueden ser objeto de evaluación posterior.
“El Senado no pudo valorar lo sucedido porque el faltante fue recién detectado en abril de 2024”, se subraya en el dictamen. Por tanto, el Consejo tiene plena competencia para avanzar con el procedimiento de remoción.
En su propuesta de suspensión, la Comisión enfatizó el impacto institucional del caso: “Quien está investido para juzgar delitos como el robo no puede estar acusado de haber cometido uno. La gravedad de los hechos amerita la suspensión inmediata del juez, ya que su permanencia en el cargo podría generar recusaciones, planteos de nulidad y afectar el normal funcionamiento de la Justicia”.
Para que la suspensión y el envío del caso al Jurado de Enjuiciamiento se concrete, se requerirá una mayoría especial de dos tercios de los miembros presentes en la próxima reunión plenaria del Consejo.