El proyecto de ordenanza presentado por la concejal Sandra Olivera busca controlar y sancionar a los infractores, además de promover políticas de prevención y concientización sobre el bienestar animal.
La ciudad de Corrientes se encamina a debatir una normativa clave para la protección de la fauna urbana y silvestre. Se trata de un proyecto de ordenanza presentado por la concejal Sandra Olivera, que busca la creación del Registro de Maltratadores de Animales Domésticos, de Trabajo y Silvestres.
La propuesta no solo pretende llevar un control de los infractores, sino también consolidar políticas públicas que prioricen la prevención y la concientización sobre el bienestar animal.
La necesidad de este registro se apoya en datos contundentes proporcionados por el área de Bienestar Animal del Municipio. Según los fundamentos del proyecto, desde el año 2021 se han realizado más de 200 allanamientos por presuntas violaciones a la Ley Nacional Nº14.346, todos ellos bajo requerimiento de la Justicia ordinaria. A este panorama se suman las 1.320 denuncias y reclamos recibidos a través de los diversos canales oficiales, como la línea 147, el Munibot y la aplicación municipal. Para Olivera, estos indicadores son el reflejo de una «problemática creciente» que exige una respuesta institucional más robusta y eficaz.
El proyecto establece que quienes resulten sancionados por reincidencia o cuenten con una condena firme por maltrato animal, serán incorporados al registro. Una de las medidas más severas que contempla la ordenanza es la prohibición de tener animales a cargo por un período de cinco años para los registrados. En casos de reincidencia, la normativa no solo se limita a lo punitivo: los infractores deberán asistir de forma obligatoria a capacitaciones sobre derecho animal y cuidado responsable.
«Las sanciones económicas por sí solas no alcanzan para frenar conductas de violencia y abandono», fundamentó la concejal, subrayando que la intención no es generar un «escarnio público», sino contar con un registro administrativo que asegure, por ejemplo, que las adopciones sean realmente responsables.
La iniciativa no solo se apoya en la Ley Nacional Nº14.346 y la Ley Nº22.421 de fauna silvestre, sino que también incorpora estándares internacionales. El texto abraza el concepto de bienestar animal definido por las cinco libertades reconocidas a nivel mundial: ausencia de hambre y sed; de sufrimiento físico y dolor; de enfermedades; de miedo y distrés; y la posibilidad de manifestar el comportamiento natural de la especie.
