La Constitución como límite ante el avance tecnológico

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El avance técnico y científico plantea interrogantes sobre los límites del poder. La Constitución Nacional se presenta como la norma suprema que debe contener el ejercicio del poder público y privado.

La capacidad técnica y científica de la humanidad ha alcanzado niveles extraordinarios. La inteligencia artificial, los algoritmos y la automatización permiten calcular, predecir y modificar procesos naturales y sociales con una precisión que hasta hace décadas era inimaginable. Sin embargo, esta capacidad no responde por sí sola a la pregunta sobre qué fines deben perseguirse.

En 1954, el filósofo Bertrand Russell sostuvo que todo aumento de la capacidad técnica exige, para producir un aumento de la felicidad humana, un incremento correlativo de la sabiduría moral. Según Russell, el desarrollo técnico sin sabiduría moral es la causa de los problemas contemporáneos.

El poder técnico multiplica la capacidad de acción, pero no determina cuáles son los fines buenos o aceptables. En este contexto, la Constitución Nacional adquiere una importancia renovada como norma suprema del orden jurídico. Su función es establecer límites concretos al poder, incluido el que surge de las capacidades científicas y técnicas.

La Constitución, como norma positiva, se distingue de la moral, aunque las ideas morales influyen en su creación. Su validez no depende de que sea moralmente correcta, pero el derecho constitucional no puede confundirse con el poder sin freno. La técnica no puede ser juez de sí misma; se requiere un orden normativo superior creado por el hombre.

El constitucionalismo es una tecnología precedida por valoraciones morales. La Constitución no es un programa de cómputo, sino un espacio de deliberación lenta y reflexiva. Su legitimidad proviene de su capacidad para obligar al poder a dar razones y someterlo al escrutinio de la dignidad humana.

La autoridad constitucional no es la de un poder absoluto, sino la de un poder limitado por reglas. La fórmula de Thomas Hobbes, “la autoridad, y no la verdad, hace la ley” (1658), debe matizarse: la autoridad constitucional está sometida a normas.

El desafío central es si la sabiduría moral crecerá junto con el poder técnico. La respuesta no puede quedar en manos de la técnica ni de quienes controlan los poderes públicos o privados. La Constitución es el instrumento para emplazar a los poderes y garantizar que ninguna decisión que afecte el destino de una persona quede desprovista de rostro humano, empatía moral y responsabilidad política.

El poder técnico seguirá creciendo. La Constitución, en tanto sea efectiva, debe asegurar que ningún poder se coloque por encima de ella.

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