La justicia frenó la resolución que prohibía añadir tasas en facturas de servicios

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POLÍTICA

La cautelar a favor del municipio de Escobar permite mantener tasas municipales ocultas en las boletas de la luz.

La Resolución 267/24de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía estableció  en septiembre de 2024 un cambio central en la forma en que las empresas de servicios públicos y comercios del país deben confeccionar sus facturas.

El texto prohibía la inclusión de cualquier concepto que no corresponda de manera directa al bien o servicio contratado. Es decir, quedaba vedada la posibilidad de sumar tasas, impuestos u otros cargos que distorsionen el precio real del servicio.

La normativa, que otorgó a las empresas un plazo de 30 días para adecuarse, apuntaba a transparentar los comprobantes y evitar que los usuarios enfrenten cobros que exceden lo que efectivamente consumen.

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La medida se respaldó en la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, que en sus artículos 4 y 8 bis obliga a los proveedores a ofrecer información clara, detallada y veraz, y a mantener un trato equitativo y digno hacia los consumidores. Además, la Constitución Nacional, en su artículo 42, reconoce con jerarquía constitucional el derecho de los usuarios a contar con información cierta y a proteger sus intereses económicos.

La resolución se complementó con disposiciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), que también prohibieron la incorporación de conceptos ajenos al servicio en las facturas de electricidad y gas.  El trasfondo fue la proliferación de denuncias sobre municipios y gobiernos provinciales que sumaban tributos locales a través de las boletas de servicios esenciales, lo que en los hechos encarece el costo final para el usuario sin una justificación transparente.

En este marco, el municipio bonaerense de Escobar logró una medida cautelar que suspende la aplicación de la Resolución 267/24 en su distrito.

El Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay, aceptó el planteo del intendente Ariel Sujarchuk, quien defendió la autonomía municipal para establecer tasas a través de ordenanzas y convenios con distribuidoras. En Escobar, el fallo implica la continuidad del cobro de la tasa de alumbrado público en la factura de la luz.

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Sujarchuk celebró la decisión judicial al señalar: “Es una buena noticia para nuestro distrito. Porque ratifica la autonomía municipal que estaba siendo avasallada por el gobierno nacional. Nosotros respondemos agresión con gestión. Ellos buscan asfixiar a los municipios y afectar nuestros ingresos que son destinados tanto a gastos corrientes como a terminar muchas de las obras que ellos mismos paralizaron”.

La medida judicial, sin embargo, plantea un retroceso en materia de transparencia hacia los consumidores. El fallo favorece a los municipios al mantener una práctica que traslada a los usuarios cargas tributarias encubiertas  en las facturas de servicios.

En lugar de que los gobiernos locales asuman de manera explícita el costo de las tasas en su propia estructura tributaria, la resolución judicial habilita a que dichos conceptos sigan apareciendo ocultos dentro de boletas de servicios esenciales.

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