El Gobierno nacional publicó el Decreto 467/2026 que deroga artículos de los decretos 222 y 588 de 2003, eliminando la instancia de participación ciudadana previa a la designación de candidatos al máximo tribunal. La medida fue cuestionada por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales (Jufejus), colegios de abogados y organizaciones civiles.
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 467/2026, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques. La medida modifica los decretos 222 y 588 de 2003, que establecían un plazo de 15 días para que ciudadanos, universidades, colegios profesionales y organizaciones de derechos humanos presentaran observaciones sobre los candidatos propuestos para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, antes de que sus pliegos fueran enviados al Senado. También exigían criterios de equidad de género, diversidad regional y especialidad jurídica en la preselección de candidatos.
El Ejecutivo sostuvo que la derogación de esos artículos eliminaba una «duplicación de instancias», dado que el Senado ya realiza audiencias públicas con los candidatos. Constitucionalistas señalaron que la audiencia en el Senado ocurre cuando el candidato ya fue elegido por el Ejecutivo, por lo que suprimir la instancia previa elimina la posibilidad de participación ciudadana antes de que la decisión esté tomada.
La Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Jufejus) expresó su preocupación mediante una declaración firmada por su presidenta Emilia Valle; el vicepresidente, Sergio Vittar; y la secretaria, Adriana García Nieto. Señalaron que «cualquier modificación de los mecanismos de selección que prescinda o debilite estos principios implica un retroceso institucional incompatible con una Justicia plural, inclusiva y representativa de la diversidad territorial y social del país». Jufejus indicó que la integración de la Corte debe basarse en idoneidad, paridad de género, representación federal y especialidad jurídica, y que la reforma debilita esos pilares.
Previamente, el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, la Federación Argentina de Colegios de Abogados, los constitucionalistas Federico Ambroggio y Andrés Gil Domínguez, y un grupo de organizaciones de la sociedad civil presentaron un amparo ante la Justicia Federal para frenar el decreto. También se pronunció la Asociación Argentina de Juristas.
Desde el oficialismo, el asesor presidencial Santiago Caputo afirmó que el Decreto 222 «era una anomalía institucional» y que la transparencia se garantiza en las audiencias del Senado, donde cada provincia tiene representación a través de sus senadores.
El debate se da en un contexto en el que la Corte Suprema cuenta con tres miembros, tras la renuncia de Manuel García-Mansilla, quien había sido designado en comisión mediante el decreto 137 del 26 de febrero de 2025. Su pliego fue rechazado por el Senado por 51 votos contra 20, y presentó su renuncia cuatro días después. El juez federal Alejo Ramos Padilla dictó una cautelar que le impedía dictar fallos. El entonces gobernador Gustavo Valdés había advertido que el 30 por ciento de la Justicia Federal estaba vacante, lo que generaba demoras en el acceso a la Justicia.
Con un amparo judicial en trámite y el rechazo de Jufejus, la suerte del Decreto 467/2026 en los tribunales es incierta.
