La jurista Aída Kemelmajer de Carlucci expuso en Corrientes sobre las demoras judiciales, los conflictos patrimoniales post-divorcio y la autonomía progresiva de los menores, en el marco de una jornada organizada por el Colegio de Abogados.
La jurista Aída Kemelmajer de Carlucci participó en una jornada organizada por el Colegio de Abogados de Corrientes y ofreció una entrevista en la que abordó las dificultades en la aplicación del Derecho de Familia. Entre los temas tratados se encuentran la lentitud judicial, los conflictos patrimoniales tras el divorcio y la autonomía progresiva de los menores.
Demoras en la Justicia
Kemelmajer de Carlucci afirmó que la queja recurrente de la ciudadanía se centra en la demora de las respuestas judiciales. Sostuvo que la gente percibe que la Justicia es lenta y que los conflictos familiares requieren mayor premura. También señaló que los medios de comunicación han instalado la idea de inmediatez, pero que en su ámbito hay cuestiones delicadas que exigen análisis detenido.
Aplicación del interés superior del niño
La jurista indicó que el Código Civil y Comercial establece en su primer artículo la necesidad de atender a las circunstancias del caso concreto. En ese sentido, expresó que el interés superior del niño no debe tratarse como un concepto abstracto, sino que el juez debe considerar al menor real, con su edad, salud, educación y vivienda. Afirmó que «la Justicia con los ojos vendados hoy no sirve» y que el juez debe resolver a partir de la realidad.
Conflictos patrimoniales tras la ruptura
Kemelmajer de Carlucci explicó que, tras el divorcio o el fallecimiento de un cónyuge, surgen interrogantes sobre los bienes comunes. Mencionó la posibilidad de compensación por uso de vivienda familiar, la variación si hay hijos y el tratamiento de los frutos de bienes comunes. Señaló que, a pesar de las normas introducidas por el Código Civil y Comercial, las dificultades persisten en los tribunales y que se requiere capacitación para evitar demoras.
Opinión del menor y autonomía progresiva
La jurista abordó la cuestión de la opinión de los menores en juicios cuando existe sospecha de influencia externa. Indicó que la autonomía progresiva implica que la opinión del niño adquiere mayor peso a medida que crece, pero que debe verificarse que sea una voluntad libre. Destacó la necesidad de equipos interdisciplinarios para evaluar la genuinidad de la expresión del menor.
Kemelmajer de Carlucci también mencionó el caso de menores que pertenecen a familias con creencias religiosas que rechazan tratamientos médicos. En esas situaciones, señaló que el juez debe ponderar la opinión del niño según su edad y madurez, y verificar si existe una influencia del entorno que condicione su voluntad.
